La administración Biden ha anunciado recientemente una nueva orden ejecutiva destinada a proteger de la deportación a los cónyuges e hijos indocumentados de ciudadanos estadounidenses. Este cambio de política tiene implicaciones significativas para muchas familias inmigrantes. Un abogado de inmigración en Estados Unidos puede ayudarte a entender lo que necesitas saber sobre este importante desarrollo.
Alcance e Impacto
Se espera que el nuevo programa beneficie a aproximadamente 500,000 inmigrantes no autorizados. Aunque esta cifra pueda parecer alta, representa solo una fracción de los aproximadamente 11 millones de inmigrantes indocumentados que se estima viven en Estados Unidos. Para tener una mejor idea:
- El programa es más limitado en alcance que el programa de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA), que benefició a más de 700,000 personas.
- La Ley de Reforma y Control de Inmigración de 1986 tuvo un impacto mucho mayor, beneficiando a cerca de cuatro millones de inmigrantes.
Criterios de Elegibilidad
Para calificar bajo esta nueva orden ejecutiva, las personas deben cumplir con ciertos requisitos:
- Estar casado(a) con un ciudadano estadounidense
- El matrimonio debe haber existido antes del 17 de junio de 2024
- Haber estado presente en Estados Unidos durante al menos diez años
- No tener antecedentes penales significativos
Estos criterios reducen considerablemente la población elegible, enfocando el programa en la unidad familiar en lugar de una reforma migratoria de gran escala.
Comparación con Políticas Anteriores
Algunos críticos han calificado este programa como una “amnistía masiva”, pero es importante entenderlo en su contexto:
- Una versión más limitada de este programa ya existe desde hace una década para familias militares.
- A diferencia de DACA, que no ofrece un camino hacia la ciudadanía, este nuevo programa sí lo proporciona para quienes cumplan con los requisitos.
- El programa es más específico y dirigido que las amnistías a gran escala, como la ley de 1986 bajo el gobierno de Reagan.
Implicaciones Políticas
Esta orden ejecutiva representa un equilibrio delicado en la política migratoria. Busca evitar la separación de familias y promover la integración de inmigrantes, reconociendo sus contribuciones económicas al permitir que más personas trabajen legalmente y contribuyan a los programas sociales.
Sin embargo, este enfoque humanitario ocurre en un contexto de medidas más estrictas en la frontera, incluida una controvertida prohibición de asilo. La administración intenta equilibrar la protección de familias inmigrantes establecidas con una postura firme en el control fronterizo.
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Como sucede con cualquier cambio importante en la política migratoria, esta orden ejecutiva probablemente enfrentará desafíos legales. Los detalles específicos, como cómo afectarán las faltas penales menores a la elegibilidad, aún no han sido completamente aclarados.El derecho migratorio puede ser complejo y cambiante. Si crees que tú o un familiar pueden ser elegibles bajo esta nueva orden ejecutiva, busca asesoría legal profesional. Llama al Abogado de Inmigración al 844-464-4727 para una consulta gratuita y conoce tus derechos y opciones.
Visa CR1 para Cónyuges
En muchos casos, los cónyuges de ciudadanos estadounidenses son elegibles para una visa IR1. Si esta visa es aprobada, el cónyuge recibe la residencia permanente legal. Pero si la pareja lleva menos de dos años de casados al momento de solicitar la visa, al cónyuge extranjero se le puede otorgar una visa CR1, que proporciona un estatus de residente permanente condicional.
La visa CR1 busca prevenir fraudes matrimoniales, en los que ciudadanos estadounidenses se casan con extranjeros solo para otorgarles beneficios migratorios. Para que se apruebe una visa conyugal, la pareja debe demostrar que contrajo matrimonio de buena fe y que la relación es auténtica.
Visas de Prometido(a): Una Alternativa
Para las parejas que aún no están casadas, la visa de prometido(a) puede ser una opción para obtener la Green Card. La visa de prometido(a) K-1 permite que el prometido(a) extranjero(a) ingrese a los Estados Unidos para casarse, y una vez casados, se le emite una Green Card condicional.
Para calificar para la visa de prometido(a), la pareja debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Deben haber tenido al menos un encuentro en persona en los dos años previos a la solicitud. En ciertos casos, se permiten excepciones si ese encuentro infringe costumbres o crea dificultades extremas para el ciudadano estadounidense.
- Deben tener la intención de casarse dentro de los 90 días posteriores a la llegada del prometido(a) extranjero(a) a EE.UU.
- Ambos deben estar legalmente libres para casarse.
Eliminar las Condiciones de una Green Card
Una Green Card condicional vence dos años después de ser emitida. Dentro de los 90 días antes del vencimiento, la pareja debe presentar el Formulario I-751, Petición para Eliminar las Condiciones de Residencia. Si no se cumple con este plazo, el estatus de residente del cónyuge extranjero puede ser revocado, e incluso podría ser deportado.
Para obtener una Green Card permanente, la pareja debe probar que sigue casada y que su matrimonio es genuino. Esto puede incluir evidencia como:
- Contratos de arrendamiento o hipoteca a nombre de ambos,
- Registros financieros compartidos (cuentas bancarias, tarjetas de crédito),
- Actas de nacimiento de hijos en común.
Si el matrimonio termina antes del vencimiento de la Green Card condicional, el cónyuge inmigrante puede solicitar una Green Card permanente por su cuenta. Si el matrimonio terminó en divorcio o por el fallecimiento del cónyuge ciudadano estadounidense, deberá demostrar que contrajo matrimonio de buena fe. También puede presentar pruebas de que fue víctima de abuso o que la deportación le causaría dificultades extremas.
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Si enfrentas problemas con una Green Card condicional, o necesitas ayuda para eliminar las condiciones de residencia, es fundamental consultar con un abogado de inmigración con experiencia. Nuestros abogados pueden ayudarte con solicitudes de visa y Green Card, y a presentar la documentación necesaria para demostrar que tu matrimonio es legítimo. Para programar una consulta gratuita, comunícate con nosotros al 844-IMIGRAR.