General

Expansión del Bando de Viaje 2026: Lo que Deben Saber

Publicado el 6 de enero de 2026Última actualización 9 de febrero de 2026Read in English
William J. Vasquez, Esq.
Revisado por William J. Vasquez, Esq.
Expansión del Bando de Viaje 2026: Lo que Deben Saber

Proclamación Presidencial 10998: Entendiendo la Expansión de la Prohibición de Viajes de Enero de 2026

Prohibición de Viajes Ampliada Entra en Vigor el 1 de Enero de 2026: Lo Que las Familias Necesitan Saber - Key Statistics

El 1 de enero de 2026, una expansión significativa de las restricciones de viaje de EE.UU. entró en vigor a las 12:01 a.m. EST, alterando fundamentalmente las políticas de entrada para extranjeros de docenas de países[1][5]. La nueva Proclamación Presidencial de la Casa Blanca, titulada "Restricción y Limitación de la Entrada de Extranjeros para Proteger la Seguridad de Estados Unidos", más que duplicó el alcance de las restricciones emitidas en junio de 2025, expandiéndose de 19 a 39 países afectados[1]. Este desarrollo representa uno de los cambios de política de inmigración más consecuentes en los últimos meses, con implicaciones de largo alcance para familias que buscan reunificación, peticiones de inmigración basadas en empleo y programas de visas de estudiante[1].

Para familias con miembros en países afectados, esta expansión crea desafíos legales y prácticos urgentes. Comprender las disposiciones específicas de la proclamación, exenciones y recursos disponibles es esencial para cualquiera que planee viajar internacionalmente o presentar solicitudes de inmigración en los próximos meses[1].

Qué Cambió: El Alcance de la Proclamación y Países Afectados

La proclamación del 16 de diciembre de 2025 amplió significativamente el alcance geográfico de las restricciones de viaje[1]. Aunque los resultados de búsqueda no enumeran todos los 39 países por nombre, confirman que las restricciones se aplican a extranjeros de países afectados que están fuera de EE.UU. y no poseen una visa válida en el momento en que las restricciones entraron en vigor[1]. La proclamación también introdujo una nueva categoría de restricción: los individuos que viajan con documentos emitidos por la Autoridad Palestina ahora están prohibidos de entrar[1].

De manera crítica, los mecanismos de cumplimiento de la proclamación se extienden más allá de la simple nacionalidad del pasaporte. Según la orientación para empleadores y viajeros internacionales, las decisiones de cumplimiento y evaluación pueden también tomar en cuenta el lugar de nacimiento, historial de viajes y otros factores más allá de determinaciones tradicionales basadas en nacionalidad[3]. Este enfoque más amplio para el cumplimiento significa que incluso ciudadanos duales e individuos con historiales de inmigración complejos pueden enfrentar escrutinio adicional[3].

Cambios Críticos: Exenciones Eliminadas que Afectaban a Familias

Quizás el impacto más significativo en las familias proviene de la eliminación de la proclamación de exenciones previamente disponibles[1]. Las nuevas restricciones eliminan protecciones que existían bajo la prohibición de viajes de junio de 2025, creando nuevas barreras para poblaciones vulnerables:

  • Miembros de la Familia Inmediata de Ciudadanos de EE.UU.: Los cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres de ciudadanos de EE.UU. que solicitan visas de inmigrante ya no están exentos de la prohibición de viajes[1]. Este cambio impacta directamente casos de reunificación familiar, potencialmente retrasando o complicando casos que previamente eran considerados categorías prioritarias[1].
  • Visas de Inmigrante Relacionadas con Adopción: La proclamación elimina exenciones para individuos que inmigren a través de adopción, afectando familias que buscan traer niños adoptados de países afectados a Estados Unidos[1].
  • Titulares de Visas Especiales de Inmigrante Afgano (SIV): Los nacionales afganos que previamente calificaban para estatus de inmigrante especial ya no tienen exenciones automáticas[1]. Este cambio afecta a aliados afganos y sus familias que asistieron a esfuerzos militares y diplomáticos de EE.UU.
  • Asilo y Protecciones de la Convención Contra la Tortura (CAT): Los individuos a quienes se les ha otorgado asilo o protecciones bajo la Convención Contra la Tortura, así como refugiados admitidos a EE.UU., están sujetos a procesos de revisión exhaustivos[5].

Quién Permanece Exento: Categorías Protegidas

A pesar de las restricciones amplias, ciertas categorías de extranjeros retienen exenciones de la prohibición de viajes[1]:

  • Los residentes permanentes legales de EE.UU. (titulares de Tarjeta Verde) no se ven afectados por las restricciones[1].
  • Los ciudadanos duales de un país afectado que viajan con un pasaporte emitido por un país no designado pueden entrar sin restricción[1].
  • Los atletas, entrenadores, personal de apoyo y familiares inmediatos que viajan para la Copa Mundial retienen exenciones[1].
  • Ciertas categorías de diplomáticos y empleados del gobierno estadounidense a largo plazo están protegidas[1].
  • Las minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán permanecen exentas[1].

Es importante destacar que la proclamación establece que las exenciones están disponibles caso por caso a discreción del Secretario de Estado, si determina que el individuo serviría al interés nacional de EE.UU.[1]. Esta disposición de exención proporciona una vía potencial para alivio en casos convincentes, aunque el proceso es discrecional y los resultados no están garantizados.

Requisitos Ampliados de Evaluación y Revisión

Más allá de las restricciones de viaje, la proclamación desencadena procesos exhaustivos de revisión para individuos afectados[5]. USCIS ha ampliado su retención en todas las solicitudes de beneficios e iniciado revisión de beneficios aprobados para personas de los países recientemente designados[6]. Esta política ordena que las solicitudes impactadas "se sometan a un proceso de revisión exhaustivo, incluyendo una entrevista potencial y, si es necesario, una re-entrevista, para evaluar completamente todas las amenazas de seguridad nacional y seguridad pública junto con cualquier otro fundamento relacionado de inadmisibilidad o inelegibilidad[5]."

Además, la política instituye una revisión exhaustiva de solicitudes de beneficios aprobadas para individuos de los países de la Proclamación 10998 que entraron a EE.UU. en o después del 20 de enero de 2021[5]. Esta revisión retroactiva significa que incluso individuos que previamente recibieron aprobación para tarjetas verdes, visas u otros beneficios pueden enfrentar escrutinio renovado y reconsideración potencial de sus casos.

Evaluación Ampliada de Redes Sociales para Solicitantes de Visas H-1B y H-4

Concurrentemente con la expansión de la prohibición de viajes, el Departamento de Estado de EE.UU. anunció requisitos ampliados de "revisión de presencia en línea" para solicitantes de visas H-1B (ocupación especializada) y H-4 (miembro de familia dependiente)[3][5]. A partir del 15 de diciembre de 2025, se instruye a los solicitantes en estas categorías que divulguen identificadores de redes sociales y aseguren que sus cuentas estén configuradas con visibilidad pública durante el proceso de adjudicación de visa[3][5]. Los funcionarios consulares revisarán estas plataformas para identificar información respecto a inadmisibilidad o posibles riesgos de seguridad nacional[5].

Esta expansión extiende prácticas de evaluación previamente aplicadas a categorías de visa F (estudiante), M (estudiante vocacional/técnico) y J (intercambio)[3][5]. Para solicitantes de visa basada en empleo y sus familias, esto significa que la actividad en redes sociales, declaraciones en línea y presencia digital ahora factorizarán en decisiones de adjudicación de visa.

Impacto en Inmigración Basada en Familia, Peticiones Basadas en Empleo y Programas de Estudiantes

Las restricciones ampliadas de la proclamación impactarán significativamente tres vías críticas de inmigración[1]:

Inmigración Basada en Familia: La eliminación de exenciones de familia inmediata crea retrasos sustanciales para casos de reunificación conyugal, patrocinio de padres e inmigración de menores. Las familias que previamente estaban en camino para aprobación de visa pueden enfrentar complicaciones inesperadas[1]. El Boletín de Visas de enero de 2026 muestra que las categorías patrocinadas por familia continúan experimentando movimiento incremental, con esperas largas permaneciendo para muchas familias, especialmente aquellas de México y Filipinas[2]. La combinación de procesamiento lento de visa y las nuevas restricciones de viaje compone retrasos para familias afectadas.

Inmigración Basada en Empleo: Los requisitos ampliados de evaluación y procesos de revisión probablemente ralentizarán el procesamiento de tarjeta verde basada en empleo. Los empleadores que patrocinan trabajadores de países afectados deben prepararse para cronogramas extendidos y requisitos potenciales de re-entrevista.

¿Tiene Preguntas Sobre Su Caso?

Programe una consulta gratuita con nuestro equipo hoy mismo